Quién puede recoger un burofax

¿Qué hago si me llega un burofax?

Recibir un burofax puede generar cierta incertidumbre y preocupación, pero es importante estar informado sobre cómo actuar en esta situación. En este artículo, te brindaremos toda la información necesaria para recibir un burofax de forma segura y legal.

Consecuencias jurídicas de recibir un burofax

El burofax es una herramienta legal utilizada para enviar notificaciones de forma fehaciente. Al recibir un burofax, se establecen una serie de consecuencias jurídicas que debes tener en cuenta:

  1. Fuerza probatoria: un burofax tiene mayor fuerza probatoria que una carta ordinaria o certificada. Esto significa que, en caso de un litigio, el burofax puede ser utilizado como prueba ante un tribunal. Esta fuerza probatoria es mayor si se utiliza un proveedor como el grupo MailComms, certificado como proveedor cualificado de servicios electrónicos de confianza por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
  2. Certificación del contenido: el remitente del burofax tiene la opción de solicitar la certificación del contenido de la comunicación. Esto le permite demostrar el envío y el contenido del burofax ante un tribunal o terceros.

Recepción de un burofax por terceros

En algunos casos, es posible que el destinatario del burofax no se encuentre en el domicilio al momento de la entrega. En estas situaciones, el burofax puede ser recibido por terceros. Sin embargo, la recepción por parte de terceros puede generar cierta complejidad y es importante conocer la legislación y jurisprudencia aplicable.

La normativa española establece que, si el destinatario no se encuentra en el domicilio, el burofax puede ser entregado a cualquier persona mayor de 14 años que haga constar su identidad (artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) que se encuentre en el lugar. Esta persona deberá firmar un acuse de recibo en representación del destinatario.

La entrega también será válida a todos los efectos incluso si la recepción la realiza un portero o conserje o incluso por una persona representativa en el edificio que asuma la responsabilidad de recibir la notificación.

Rechazo de un burofax

El burofax se puede rechazar, pero hay jurisprudencia que da por bueno el envío, aunque el receptor no lo acepte.

Es importante destacar que, si el destinatario tiene establecido un sistema para rehusar la recepción de burofax por parte de terceros, deberá comunicarlo previamente a la oficina de Correos. En este caso, la entrega del burofax solo podrá realizarse directamente al destinatario.