AML6 (Sixth Anti-Money Laundering Directive) es la sexta directiva europea contra el blanqueo de capitales, formalmente la Directiva (UE) 2024/1640, que junto con el Reglamento (UE) 2024/1624 forma el nuevo paquete normativo europeo AML/CFT (Anti-Money Laundering / Counter-Terrorism Financing). Establece un marco armonizado de obligaciones de debida diligencia, control de operaciones y sanciones para el sector financiero y otros sectores obligados de la UE.
Aunque el plazo completo de transposición se extiende hasta 2027 y no se ha publicado todavía un Reale‑Decreto o Ley que modifique la Ley 10/2010 para incorporar todas las obligaciones derivadas de AML6 al ordenamiento jurídico español, algunas obligaciones comenzaron a aplicarse desde el 10 de julio de 2025.
La Sexta Directiva contra el Blanqueo de Capitales (AML6), propuesta por la Unión Europea como parte del nuevo Paquete de Finanzas Digitales, marca un paso firme hacia una armonización más estricta y eficaz del marco legal en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. A continuación, repasamos sus principales novedades, los sectores afectados y cómo la tecnología puede convertirse en un aliado clave para el cumplimiento.
Principales cambios introducidos por AML6
AML6 refuerza y amplía el alcance de su predecesora (AML5), con cambios sustanciales que persiguen una mayor uniformidad entre los Estados miembros:
- Tipificación penal uniforme: AML6 exige a todos los países de la UE que tipifiquen como delitos 22 infracciones relacionadas con el blanqueo de capitales, incluyendo el tráfico de armas, delitos fiscales graves, corrupción y ciberdelitos.
- Responsabilidad penal de las personas jurídicas: Las empresas podrán ser consideradas penalmente responsables si no previenen o detectan actividades de blanqueo dentro de su organización.
- Aumento de las sanciones mínimas: La directiva establece penas mínimas de hasta 4 años de prisión por delitos graves de blanqueo.
- Mayor cooperación transfronteriza: Se refuerzan los mecanismos de intercambio de información entre Unidades de Inteligencia Financiera (UIF) de los países miembros.
Operaciones sujetas a mayor control KYC bajo AML6
Las nuevas disposiciones afectan transversalmente a numerosas áreas de operación, entre ellas:
- Apertura de cuentas bancarias o productos financieros.
- Transferencias de fondos o activos digitales.
- Constitución de sociedades o compra de inmuebles.
- Actividades con alto volumen de efectivo o activos criptográficos.
Estas operaciones estarán sujetas a mayor escrutinio, con obligaciones reforzadas de debida diligencia (KYC) y documentación.
Sectores obligados a aplicar AML6
AML6 amplía el número de entidades sujetas a las obligaciones legales. A los sectores tradicionales (finanzas, seguros, inmobiliario, abogados y notarios) se suman:
- Plataformas de criptoactivos y proveedores de monederos digitales.
- Empresas de crowdfunding.
- Comerciantes de arte y objetos de alto valor.
- Profesionales del deporte y agentes deportivos, en ciertos casos.
Sanciones AML6: multas de hasta 10 millones € y responsabilidad penal
El marco sancionador se endurece considerablemente:
- Multas significativas para personas jurídicas (hasta el 10% del volumen de negocios anual o 10 millones €).
- Prohibiciones de actividad, inhabilitaciones y cierre de establecimientos.
- Responsabilidad penal individual para directivos que no tomen medidas razonables de prevención.
El cumplimiento deja de ser opcional: la negligencia ya no es una excusa.
Videoidentificación y comunicaciones certificadas: tecnología para el cumplimiento KYC/AML6
En este contexto de regulación creciente, la tecnología se vuelve imprescindible para garantizar un cumplimiento ágil y eficaz. Dos herramientas clave son:
- Videoidentificación
La verificación remota de identidad mediante video permite cumplir con los requisitos KYC de forma segura, eficiente y conforme a la normativa europea. Reduce el fraude y agiliza la incorporación de clientes, asegurando la trazabilidad del proceso.

La solución de videoidentificación certificada de MailComms Group permite realizar este proceso de forma remota y conforme a los requisitos KYC de AML6, generando evidencia auditable del proceso de verificación de cada cliente.
- Comunicaciones certificadas
El uso de canales de comunicación certificada (correo electrónico certificado, SMS seguros, etc.) permite documentar cada interacción con el cliente o socio, generando evidencia legal válida ante auditorías o inspecciones. También facilita la gestión del consentimiento y el archivo de documentación AML.

MailComms Group, como Prestador de Servicios de Confianza Cualificado (QTSP) bajo eIDAS, proporciona estos servicios de comunicación certificada con plena validez jurídica, facilitando el archivo automático de la evidencia en el expediente del cliente.
Cumplimiento AML6: convertir la obligación en ventaja competitiva
AML6 refuerza el compromiso de la UE con la integridad financiera, imponiendo mayores exigencias de transparencia, control y responsabilidad. Las empresas deben prepararse no solo para cumplir, sino para convertir el cumplimiento en una ventaja competitiva. Incorporar soluciones tecnológicas como la videoidentificación y las comunicaciones certificadas no solo simplifica los procesos, sino que también aumenta la seguridad jurídica y operativa de la organización.
Preguntas frecuentes
¿Qué es AML6 y qué cambia respecto a AML5?
AML6 (Sixth Anti-Money Laundering Directive, Directiva (UE) 2024/1640) es la sexta directiva europea contra el blanqueo de capitales. Respecto a AML5, introduce cambios significativos: tipifica penalmente 22 infracciones específicas de blanqueo en todos los países de la UE (armonización penal), introduce la responsabilidad penal de las personas jurídicas, eleva las penas mínimas a 4 años de prisión para delitos graves, y refuerza la cooperación transfronteriza entre Unidades de Inteligencia Financiera. También amplía el número de sectores obligados a cumplir las obligaciones AML.
¿Desde cuándo aplica AML6 en España?
Varias obligaciones del paquete normativo europeo AML (Reglamento (UE) 2024/1624 + Directiva AML6) comenzaron a aplicarse desde el 10 de julio de 2025. El plazo completo de transposición de la Directiva AML6 al ordenamiento jurídico español se extiende hasta 2027, cuando se espera que se modifique la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales para incorporar todas las obligaciones derivadas de la nueva normativa.
¿Qué sectores están obligados a cumplir con AML6?
AML6 mantiene los sectores ya obligados bajo AML5 (entidades financieras, seguros, inmobiliario, abogados y notarios) y añade nuevos sujetos obligados: plataformas de criptoactivos y proveedores de monederos digitales, empresas de crowdfunding, comerciantes de arte y objetos de alto valor, y profesionales del deporte en determinados casos. Todos ellos deben implementar obligaciones reforzadas de debida diligencia (KYC) y documentación.
¿Qué papel tiene la videoidentificación en el cumplimiento de AML6?
La videoidentificación permite realizar la verificación de identidad del cliente (KYC) de forma remota, segura y conforme a los requisitos de la normativa europea. En el contexto de AML6, facilita el proceso de apertura de cuentas, onboarding digital y operaciones con mayor nivel de diligencia debida, generando evidencia trazable y auditable de cada proceso de verificación. Cuando es realizada por un prestador cualificado, la evidencia tiene plena validez jurídica ante auditorías regulatorias.
¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento de AML6?
AML6 establece un régimen sancionador reforzado: multas para personas jurídicas de hasta el 10% del volumen de negocios anual o 10 millones de euros (lo que sea mayor), prohibiciones de actividad e inhabilitaciones, cierre de establecimientos, y responsabilidad penal individual para directivos que no adopten medidas razonables de prevención. La directiva también impone penas de prisión mínimas de 4 años para personas físicas condenadas por delitos graves de blanqueo.
